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Guía de Málaga

Software de ticketing en Málaga: los trámites y plazos que tu evento va a necesitar

Trabajamos con promotores de toda España desde València; no tenemos oficina en Málaga. Si tu evento es aquí, la ventanilla es el Ayuntamiento —lo fija el artículo 6.5 de la Ley 13/1999 andaluza— y la autorización del espectáculo ocasional o extraordinario se pide con un mínimo de 30 días de antelación. A eso se suman el seguro de responsabilidad civil por tramos de aforo del Decreto 109/2005 y los horarios máximos del Decreto 155/2018, con el artículo delante.

Lo que Málaga te va a exigir antes de vender la primera entrada

Autorización de Espectáculo Público o Actividad Recreativa Ocasional o Extraordinario en un establecimiento

Antelación mínima de 30 días respecto a la celebración del evento

Es el trámite municipal para celebrar en Málaga un espectáculo o actividad recreativa ocasional o extraordinaria en un establecimiento. Lo instruye la Jefatura del Servicio de Aperturas y lo resuelve la Dirección General del Área de Comercio, Gestión de la Vía Pública y Fomento de la Actividad Empresarial, y exige, entre otros, certificado de seguro de responsabilidad civil, plan de autoprotección y declaraciones responsables de seguridad. Si la documentación presentada está incompleta, el Ayuntamiento requiere su subsanación mediante notificación por escrito. La tasa se rige por la Ordenanza Fiscal nº 16 (actividades administrativas de apertura) y la resolución de autorización se dicta antes del inicio de la actividad.

Ayuntamiento de Málaga — Área de Comercio, Gestión de Vía Pública y Fomento de la Actividad Empresarial (Servicio de Aperturas) · Fuente: Ayto. de Málaga — sede electrónica (trámite 209)

Autorización de actividades ocasionales en la vía pública

30 días antes (recreativas, culturales, sociales y deportivas); 10 días antes (publicitarias, comerciales, informativas y ferias de artesanía)

Trámite específico para ocupar la vía pública malagueña con actividades ocasionales de tres tipos: a) campañas publicitarias, comerciales, informativas y ferias de artesanía; b) actividades recreativas, culturales y sociales (conciertos, representaciones teatrales, circos y manifestaciones artísticas); y c) eventos deportivos como marchas ciclistas. Las de tipo a) se solicitan 10 días antes; las de tipos b) y c), 30 días antes, y en estos dos últimos casos la resolución se dicta al menos cinco días hábiles antes de la celebración. Se pagan las tasas de la Ordenanza Fiscal nº 10 (utilización privativa de la vía pública) y, en eventos deportivos, también la nº 29 por servicios especiales de la Policía Local. Exige acreditar el seguro de responsabilidad civil.

Ayuntamiento de Málaga · Fuente: Ayto. de Málaga — sede electrónica (trámite 5880)

Ley 13/1999 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía: quién autoriza

Es la ley autonómica marco: su artículo 6.5 atribuye a los municipios la autorización de los espectáculos y actividades recreativas ocasionales y extraordinarios no sujetos a intervención autonómica, en establecimientos no destinados o previstos para albergar dichos eventos o cuando se celebren en vías públicas o zonas de dominio público del término municipal. Traducido para un promotor: en Málaga capital la ventanilla es el Ayuntamiento, no la Junta, salvo eventos sujetos a intervención autonómica. El texto consolidado del BOE está actualizado (última modificación en vigor desde el 17-feb-2024).

Junta de Andalucía (ley) / Ayuntamiento de Málaga (autorización) · Fuente: BOE — Ley 13/1999, texto consolidado

Decreto 195/2007: condiciones generales de los espectáculos ocasionales y extraordinarios

Desarrolla la Ley 13/1999 y define las dos figuras que usará tu autorización: «ocasional» (períodos de tiempo inferiores a seis meses, en establecimientos fijos o eventuales o en vías y zonas de dominio público) y «extraordinario» (lo que se celebra específica y excepcionalmente en un establecimiento autorizado para otra actividad). Para autorizar exige, según el caso, memoria descriptiva del evento con medidas de seguridad, certificado de seguridad y solidez del establecimiento firmado por técnico competente y justificante de la contratación y vigencia del seguro obligatorio de RC. Los espectáculos extraordinarios los autoriza en todo caso el Ayuntamiento; los ocasionales, cuando se desarrollen exclusivamente en su término municipal (art. 4.1.c).

Junta de Andalucía · Fuente: BOJA núm. 137, 12-jul-2007 — Decreto 195/2007

Seguro obligatorio de responsabilidad civil por aforo (Decreto 109/2005)

En Andalucía toda empresa organizadora de espectáculos debe contratar un seguro de RC cuya cuantía mínima depende del aforo autorizado: para cines, teatros y auditorios va de 225.000 € (hasta 50 personas) a 1.201.000 € (más de 700), con tramos intermedios de 375.000 € (51-100), 526.000 € (101-300) y 901.000 € (301-700); los establecimientos de mayor riesgo (atracciones recreativas, parques acuáticos, pubs con música) parten de 301.000 €. La obligación aplica igual si el evento es permanente, de temporada, ocasional o extraordinario, en establecimiento fijo o eventual. Para espacios abiertos de aforo indeterminado el decreto fija un capital mínimo de 151.000 € con límite por víctima de 151.000 € por muerte o invalidez absoluta permanente.

Junta de Andalucía · Fuente: BOJA núm. 92, 13-may-2005 — Decreto 109/2005

Horarios de espectáculos en Andalucía (Decreto 155/2018)

El catálogo andaluz fija los horarios máximos: en cines, teatros y auditorios el cierre se produce a la terminación de la última sesión, que como máximo puede empezar a la 1:00 (art. 17.1.a); los establecimientos de esparcimiento llegan hasta las 6:00 (art. 17.1.f) y ningún establecimiento puede abrir antes de las 6:00 (art. 18.1). Los viernes, sábados y vísperas de festivo el cierre se amplía una hora (art. 17.2). El decreto también contempla los «establecimientos especiales para festivales», cuyos horarios los determinan libremente los Ayuntamientos en función de los espectáculos y actividades celebrados.

Junta de Andalucía · Fuente: BOJA núm. 150, 3-ago-2018 — Decreto 155/2018

Ruido en eventos al aire libre: Ordenanza para la Prevención y Control de Ruidos y Vibraciones

La ordenanza vigente (BOP de Málaga núm. 94, 19-may-2009; art. 41.1 modificado en BOP núm. 220, 18-nov-2011) dedica su artículo 40 a los espectáculos públicos y actividades recreativas al aire libre: la autorización debe fijar carácter estacional o de temporada y limitación de horario de funcionamiento, los aparatos de reproducción sonora se admiten «sólo muy excepcionalmente» y las precauciones frente a los vecinos (limitadores, orientación de bafles) deben definirse en un estudio acústico que se aporta junto con la solicitud de autorización. Si los altavoces del sistema de sonorización superan 90 dB(A) medidos a 3 metros, es obligatorio instalar un limitador-controlador (art. 40.3). La Feria de Málaga y las verbenas o ferias populares de barriadas requieren autorización específica dictada por la Junta de Gobierno Local (art. 40.4).

Ayuntamiento de Málaga — Área de Sostenibilidad Medioambiental · Fuente: Ayto. de Málaga — ordenanza de ruidos (PDF oficial, BOP núm. 94, 19-may-2009)

El mercado de eventos de Málaga, en su escala real

Málaga combina recinto ferial, circuito de conciertos de gran formato y una cita cultural de proyección nacional. FYCMA, el Palacio de Ferias y Congresos de Málaga, suma 60.000 m² con dos pabellones expositivos interconectados de 10.800 y 6.000 m² y capacidad para acoger hasta 20.000 asistentes por evento, según el Convention Bureau del Ayuntamiento de Málaga (visita.malaga.eu). A unos 30 km, Marenostrum Fuengirola programa desde 2016 una temporada de conciertos de finales de abril a septiembre bajo el castillo Sohail, con un escenario principal para «más de 18.000 personas» y un segundo escenario de unos 2.000 asistentes, según su web oficial. Y el Festival de Málaga, referencia del cine en español, anuncia su 30ª edición del 6 al 15 de marzo. La consecuencia es de calendario, y es la que más se le atraganta al promotor: con los 30 días de antelación mínima del trámite municipal, un concierto en la vía pública en plena temporada de verano tiene que estar presentado antes de que esa temporada arranque.

Los recintos, ciclos y festivales citados en esta sección son referencias públicas del mercado malagueño, con aforos y fechas tomados de sus fuentes abiertas. No son clientes de Futura Tickets ni mantenemos relación comercial con ellos: aparecen únicamente para describir el tamaño y el calendario de la ciudad.

Preguntas de promotores en Málaga

¿Con cuánta antelación hay que pedir la autorización para un espectáculo ocasional o extraordinario en Málaga?+

Con un mínimo de 30 días antes de la celebración del evento, ante el Ayuntamiento de Málaga (Servicio de Aperturas). Si la documentación presentada está incompleta, el Ayuntamiento requiere su subsanación mediante notificación por escrito, y la resolución de autorización se dicta antes del inicio de la actividad.

¿Puedo montar un concierto en la vía pública de Málaga?+

Sí, con la autorización municipal de actividades ocasionales en la vía pública: para actividades recreativas, culturales y sociales (conciertos, teatro, circo) se solicita 30 días antes y la resolución llega al menos cinco días hábiles antes del evento. Devenga las tasas de la Ordenanza Fiscal nº 10 de utilización privativa de la vía pública y exige acreditar el seguro de responsabilidad civil.

¿Qué seguro de responsabilidad civil exige Andalucía según el aforo?+

El Decreto 109/2005 fija cuantías mínimas por aforo: desde 225.000 € hasta 50 personas hasta 1.201.000 € por encima de 700, con tramos intermedios de 375.000, 526.000 y 901.000 €. La obligación aplica igual a eventos permanentes, de temporada, ocasionales y extraordinarios.

¿A qué hora terminan los conciertos en Málaga?+

El Decreto 155/2018 andaluz marca los horarios máximos: en cines, teatros y auditorios la última sesión puede empezar como máximo a la 1:00 y los establecimientos de esparcimiento cierran a las 6:00; viernes, sábados y vísperas de festivo el cierre se amplía una hora. La ordenanza municipal de ruido exige además alejar los eventos al aire libre de las zonas residenciales, con mayor rigor a partir de las 22:00.

Información recopilada de fuentes oficiales en agosto de 2026 y publicada a título orientativo: no somos asesores jurídicos ni fiscales. Los plazos, las tasas y los horarios cambian por acuerdo plenario, decreto o boletín oficial, así que verifica siempre el dato vigente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Málaga o en el BOJA antes de presentar nada.

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